jueves, 19 de enero de 2017

16. Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales

Se considera como normativa de Prevención de Riesgos Laborales a todo un conjunto de normas compuesto por:
  • La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, que actúa como marco general.
  • Todos los reales decretos, órdenes, etc. que posteriormente han ido desarrollando diversos aspectos preventivos con más concreción (servicios de prevención, lugares de trabajo, agentes químicos, agentes biológicos, ruido, etc.).
  • Toda otra norma legal o convenio (por ejemplo, convenios colectivos) que contenga prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas.
Salvo los convenios colectivos, por su ámbito y características, todo el citado conjunto normativo sobre P.R.L. proviene de fuentes europeas.
Se trata de una legislación que intenta asegurar al menos un nivel mínimo de seguridad en las condiciones de trabajo, armonizando las dispares situaciones de partida de los países integrantes de la Unión Europea a través de unas directivas europeas.
Estas directivas europeas son incorporadas posteriormente a la legislación de cada estado; en nuestro caso, en forma de leyes, reales decretos, órdenes ministeriales, etc. publicadas en el BOE.
En nuestro país, la CAPV no tiene competencias de desarrollo legislativo en el ámbito laboral, pero sí de ejecución de la normativa.
La normativa en el ámbito de la PRL está refundida en el siguiente documento:



Esta normativa es de obligado cumplimiento.


Por otro lado, existe una amplia normativa técnica (normas internacionales ISO, europeas EN, españolas UNE, etc.) que puede ser aplicada.
Una norma técnica no es de obligado cumplimiento (salvo que una norma legal así lo establezca), pero suele ser fuente de presunción de conformidad; esto es: no es obligatorio seguir la norma técnica para cumplir la legalidad, pero si se sigue la norma técnica ya no hará falta mayor justificación del cumplimiento legal.
En España, la consulta y obtención de las normas legales (obligatorias) es gratuita. Sin embargo, la obtención de normas técnicas es previo pago. Se puede consultar el catálogo de normas técnicas en la web de AENOR y comprar on-line cada una de ellas.
Marco Antonio Martínez

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